Suspensión de afiliación para CABO

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«Un error intencional o no, salió caro»

 

La semana pasada se confirmó el adelanto de Weekend Deportivo, que deja a la gente de CABO con suspensión de afiliación para el resto de la temporada. Una lástima lo sucedido, ya que muchos jóvenes se quedarán sin poder jugar en esta temporada en la Liga, y pagan el error o distracción de poner a un jugador cambiando la identidad. Error intencional o no, sale caro y la Liga no perdona.

 

Fallo:

VISTO: los hechos denunciados por el competidor del Club Atlético Brazo Oriental, (CABO) Sr. Nicolás Salaberry.

RESULTANDO: I) que con fecha 30 de abril del año en curso dicho jugador se presentó en la LUD a solicitar pase de CABO al Club Anglo Universitario, el cual no se pudo llevar a cabo debido que –según los registros informáticos- habría participado en el partido que CABO disputara el día 25 de abril frente a Deportivo Naval por la 1ª fecha del Campeonato de la Divisional “H”; hecho que niega.

                            II) Que en el formulario correspondiente al partido CABO-Deportivo Naval , figura el nombre y número de carnet del jugador denunciante integrando el plantel titular de CABO.

                          III)  Que en la nota de denuncia el Sr. Salaberry declara: “…no haber participado en dicho encuentro…”.

                          IV)  Que, citado, en su declaración de fecha 3 de mayo, el delegado de CABO, Sr. Nicolás Olivera si bien reconoce el hecho denunciado, aclara que no hubo intención, “… que no me explico que pasó…anoté los  jugadores y los números de carnet…jugó Adrián Nicolás Tourreilles, nosotros le decimos “Nico”…el error fue justamente poner en el formulario el carnet y nombre de Salaberry y no de quién jugó Tourreilles”.

                           V)  Que en la especie, resulta probado que hubo una  sustitución de la identidad del competidor Nicolás Salaberry, quién pese a  figurar en el formulario de partido correspondiente, no participó efectivamente del mismo y en su lugar lo hizo otra persona.

CONSIDERANDO: I) que la normativa vigente, confiere competencia al Consejo de Neutrales para entender en estos casos de sustitución de identidad.

                                  II) Que a través de la investigación realizada, han quedado plenamente probados los hechos puestos en conocimiento de este Consejo, como también las responsabilidades que incumben a la Institución, como al delegado responsable.

 
                                III) Que la lealtad y la buena fe tienen la misma importancia, que el espíritu competitivo y universitario que son los principios rectores de la Liga y que quebrantados ellos, determinan a este Consejo aplicar una sanción acorde a la irregularidad constatada. Conforme a ello, el juzgador estima que si bien en el presente caso no resulta de aplicación la pena máxima-pérdida de afiliación-en cambio, si debe aplicarse la pena de pérdida de categoría.
          

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 48 ordinal B de los Estatutos; artículos: 35 y 37 del Reglamento General; artículos: 86 (numeral 2), 87 (numeral 3) y 99 del Código de Penas, el

 

CONSEJO DE NEUTRALES POR UNANIMIDAD

RESUELVE:

 

1 º)- Suspender la afiliación del  Club Atlético Brazo Oriental por el término de un año, debiéndose asignar los puntos en disputa a sus rivales.
2 º)- Considerar al Club Atlético Brazo Oriental como uno de los tres equipos que descienden a la Divisional  “I”.
3 º)- Determinar la pérdida de los puntos obtenidos por el Club Atlético Brazo Oriental en el partido por la 1ª fecha del Campeonato de la Divisional “H” frente a Deportivo Naval, asignando los mismos a ésta última Institución.
4 º)- Inhabilitar al delegado del Club Atlético Brazo Oriental  Sr. Nicolás Olivera por dos años.
5 º)- Notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.
 

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